Se convocan subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de marzo de 2021 por la que se convocan subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos, con especial atención a los establecimientos comerciales y determinados servicios afectados por la crisis de la COVID 19 El Gobierno de las Illes Balears quiere fomentar la modernización de los establecimientos comerciales de proximidad, y de determinados servicios, así como dar ayudas para gastos corrientes a los establecimientos comerciales y determinados servicios que, habiendo hecho algún tipo de modernización en su establecimiento, se hayan visto afectados por la crisis sanitaria de la COVID-19, para ayudarlos, una vez acabado el estado de alarma, a poder continuar con la actividad que estaban desarrollando, y su adaptación a criterios de competitividad, en el ámbito territorial de las Illes Balears, para paliar las graves consecuencias económicas que la crisis sanitaria producida por la COVID-19 ha provocado en el sector del pequeño comercio, puesto que estos establecimientos son los agentes esenciales en la dinamización comercial de los municipios. En el mismo sentido, se quiere fomentar también la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos, dado que estos establecimientos constituyen un legado patrimonial y cultural que hay que preservar, y también se quiere ayudar a pagar gastos corrientes a estos establecimientos considerados emblemáticos que hayan sido afectados por la crisis sanitaria de la COVID-19.Por otro lado, el Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario Oficial de la Unión Europea L 352/1, de 28 de diciembre), establece las condiciones que deben tenerse en consideración a la hora de conceder según qué tipos de ayuda. En esta convocatoria se aplican las medidas de simplificación establecidas en el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental, y en la Ley 2/2012, de 4 de abril, de apoyo a los emprendedores y las emprendedoras y a la microempresa, pequeña y mediana empresa, en cuanto a la simplificación administrativa a emprendedores y a empresas.
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Se aprueba la convocatoria extraordinaria para el año 2021 de ayudas a los emprendedores y a la micro, pequeña y mediana empresa con actividad en las Illes Balears para cubrir los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. 1. El año 2020 estuvo marcado por el impacto en la economía ocasionado por la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que provocó tener que declarar el estado de alarma, prorrogado en varias ocasiones, el efecto del cual todavía mantiene varias medidas de limitación de la actividad económica, restricciones de la apertura a público de los locales y establecimientos minoristas, y las actividades de hostelería y restauración, hecho que supone una drástica disminución de los ingresos de las pymes, incluso, afectando a su supervivencia. 2. A pesar de las perspectivas de control de la pandemia por medio de las vacunas que se empiezan a suministrar durante el año 2021, la situación es delicada y todavía se mantienen las consecuencias económicas negativas de la COVID-19, y, por eso, hay que continuar manteniendo herramientas de aplicación inmediata para ir dando solución a la ausencia de liquidez de las pymes y a la necesidad de emprender inversiones productivas. 3. En esta situación, y sin perjuicio otras medidas que se puedan tomar tanto en nivel nacional como autonómico, se ha instrumentado una herramienta de aplicación inmediata para ir dando solución al impacto de la suspensión de la actividad en la liquidez de las pymes que es la Resolución que se menciona en el hecho siguiente. 4. El 11 de febrero de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 18 la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 9 de febrero de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria extraordinaria para el año 2021 de ayudas a los emprendedores y a la micro, pequeña y mediana empresa con actividad en las Illes Balears para cubrir los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. 5. A nivel europeo, conscientes de la problemática que las medidas sanitarias han causado y seguirán causando en la economía, y para hacer frente a esta coyuntura se ha establecido un nuevo eje especial llamado REACT-UE dentro del marco del programa de fondos europeos del periodo 2014-2020, que debe dar cobertura de cofinanciación a las medidas extraordinarias de reactivación de la economía hasta el 31 de diciembre de 2023. 6. Con el fin de poder acceder a este fondo, se debe cumplir con los requisitos característicos del funcionamiento de los fondos FEDER, y, por eso, se hace necesario adaptar la convocatoria en los términos que se establecen en esta resolución.
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